Creo que hay un tiempo de detenciòn maximo, sino, es como dices una detenciòn ilegal. Efectivamente, estàs en tu derecho y si crees mejor estar en un lugar con posibles testigos que estar en privado para evitar posibles negligencias, perfecto. Efectivamente. Menos blogs y más actuar de verdad para defender nuestros derechos. ejercen ese derecho tal como podemos hacerlo tu yo ,y la ley ampara ambos casos el % de la población española no profundiza mas allá del " no me toques un pelo que te denuncio, por que sé que no me puedes detener, que me lo ha dicho mi primo" El art. .. del reglamento se refiere a la posibilidad de proceder a la identificación en el supuesto de polígonos industriales y urbanizaciones. El Artículodel RD / . En el ejercicio de su función de protección de bienes inmuebles así como de las personas que se encuentren en ellos, los vigilantes de seguridad deberán realizar las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para el cumplimiento de su misión.
No obstante, cuando observaren la comisión de delitos en relación con la seguridad de las personas o bienes objeto de protección, o cuando concurran indicios racionales de tal comisión, deberán poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los presuntos delincuentes, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los supuestos delitos. El capítulo V del Código Penal establece las sanciones para «la acusación y las denuncias falsas y la simulación de delitos». El caso es que la cogieron, se gastaron una pasta, y lo cierto es que le dimos más uso a la larousse(ya que lo otro no era ni siquiera una enciclopedia, este estaba separado por temas y era un coñazo para consultarla) y al poco(o quizá sea sólo impresión mía) ya usabamos encarta.
El caso es que se presenta un vigilante a mi lado y me pide que vuelva a pasar
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